EL RETROCESO DE LA CENTRALIZACIÓN DEL DINERO Y LA DESCENTRALIZACIÓN DE LA MONEDA A TRAVÉS DEL BITCOIN EN COLOMBIA
EL RETROCESO DE LA CENTRALIZACIÓN DEL DINERO Y LA DESCENTRALIZACIÓN DE LA MONEDA A TRAVÉS DEL BITCOIN EN COLOMBIA
El 99% de la población colombiana ha manipulado el dinero impreso en papel, cualquier persona puede hablar del dinero papel o más conocido como “Billetes”, pues es algo de vital importancia para poder subsistir en cualquier parte del mundo.
La responsabilidad de las entidades financieras en Colombia juega un papel importante por su centralización al dinero papel, de ahí resulta el control de la inflación, lo cual corresponde al precio del dinero, por la liquidez y la rentabilidad que operan de manera diferente y la devaluación de la moneda es algo de suma importancia y preocupación en nuestro país.
El desconocimiento de los anteriores conceptos y reglas es lo que llevan a muchas personas a no terminar el mes, es decir mantengan endeudadas y el dinero se convierte en el problema central, dejando atrás su verdadero concepto, el cual es el medio de intercambio de bienes y servicios.
El dinero es una institución social y fue inventado como mecanismo de organización de las actividades económicas dentro de un grupo social o territorial. Lamentablemente, los bancos son quienes ejecutan la política monetaria del país.
La inflación es la capacidad que tiene el peso colombiano en comprar un bien o servicio, si aumenta la inflación, disminuye el poder adquisitivo del peso colombiano, es el camino al empobrecimiento, esta situación se presenta por el incremento de los precios y de ahí la injerencia del IPC.
Bitcoin es una moneda DEFLACIONARIA, premia el ahorro y su gasto de manera racional en bienes y servicios, se ha convertido desde el 3 de enero de 2009 con el bloque génesis, en la única criptomoneda descentralizada del mundo, algunos dirán que su volatilidad no la hacen atractiva, pero si hay estrategia de inversión y manejo a mediano y largo plazo, no dará perdida y es el resultado que se ha podido demostrar en los últimos 10 años, a la fecha, es la inversión más rentable, desde una perspectiva del holding (Holdear).
No se dejen confundir cuando les hablen de multiniveles, pirámides y/o ganancias rentables a corto plazo, este tipo de actividades se encuentran penalizadas en Colombia, hoy por hoy, todas las personas confunden cualquier criptomoneda centralizada, con Bitcoin y esta moneda es única, a la fecha se podría indicar que existen más de 13 mil criptomonedas en el mundo, algunas ya muertas, otras fuera de los Exchange, otras con proyectos atractivos y sobreviven en la actualidad pero todas estas monedas son centralizadas y dependen de un inversionista, el Bitcoin, no.
La solución del estado colombiano frente a la inflación, es la adopción y regularización del Bitcoin como moneda, una vez se de este paso, se viene otro reto de gran escala en nuestro país y es la carga tributaria sobre el uso de las criptomonedas, pese a que el estado colombiano ha venido adoptando medidas, entre ellas, la exigencia de reporte de información sobre tenencia y transacciones con criptomonedas, mediante la Resolución 314 de 2021 de la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF, no ha podido ni siquiera el estado con su implementación, que estaba programada para el mes de abril de 2022 y se postergo para el mes de junio de 2022. Debe cambiar la mentalidad de los funcionarios y la política pública del estado frente a la creación de más impuestos, ya que no va a resolver el problema y el rezago jurídico frente al mundo de las criptomonedas, las cuales, se pueden adquirir en cualquier lugar que cuente con internet, esta perspectiva del país, lo deja cada vez más atrás, frente a otros que han avanzado notablemente en la materia.
Las entidades financieras en Colombia deben replantear su negocio de cuello blanco, ya han manipulado el mercado durante muchos años, ya se han enriquecido de las altas rentabilidades que les autoriza el estado colombiano a través de toda la potestad de centralización del manejo de las políticas del dinero, se deben replantear de la mano con la descentralización del dinero y a su vez aplicar políticas justas y razonables a los consumidores (clientes), ya que, pese al esfuerzo que en Colombia se realiza por algunas entidades financieras autorizadas por la Superfinanciera para adelantar pruebas pilotos transaccionales con diferentes exchanges del mundo, culmino en marzo de este año y a la fecha no se ha avanzado en la regularización del Bitcoin y las criptomonedas en general.
En conclusión, el Bitcoin es una solución a los impactos de la inflación del país, un modelo a seguir es el Salvador como primer país en el mundo en adoptar el Bitcoin como moneda de curso legal después del dólar, que, pese a la adopción de esta política de dinero, en la actualidad el país con más cajeros instalados de Bitcoin es EE. UU con 31.173 cajeros, seguido por Canadá, con 2.275 cajeros y el Salvador con 205 cajeros.
La regulación y el derecho no pueden rezagarse al cambio del sistema monetario, debe descentralizarse y la centralización de las políticas del dinero a favor de los bancos, debe acabarse para que las personas tengan oportunidad de desarrollo económico y más adquisición de bienes y servicios, que mejore la calidad de vida.
Hover Anyelo Lemus Medina / Director General de la Firma Leggal AbogadosAbogados
Componentes tarifarios y promedios de servicios públicos a auditoría
Articulo publicado por ecosdelcombeima.com
La pandemia y las medidas de aislamiento no solo han traído descalabros económicos, sino también el aumento de las tarifas de los servicios públicos, la ciudadanía se queja a diario de el alza en sus facturas. La firma ibaguereña Leggal Abogados está asesorando a los ciudadanos que se vean afectados.
El Director General de la Firma Leggal Abogados, abogado Hover Ányelo Lemus Medina puso en conocimiento de Econoticias los puntos más relevantes de su gestión, sobre el alza de los servicios públicos domiciliarios en la ciudad de Ibagué.
El doctor Lemus exhorta a la ciudadanía a adelantar el trámite de reclamación e interponer los recursos de reposición y en subsidio el de apelación ante la Superservicios, para que de esta forma la Superservicios pueda adoptar una medida de fondo frente a las alzas de los Servicios Públicos Domiciliarios y si los mismos se ajustan a derecho, bajo la figura del Promedio que fue aplicada de manera irresponsable por las E.S.P.
Respecto al marco jurídico y técnico se le solicitará a la CREG información respecto a si la tarifa de Ibagué puede ser diferencial, o sea más económica, que la del resto del departamento, teniendo en cuenta que es el mismo operador y que es más costoso llevar la energía a municipios lejanos en el norte y sur del Tolima.
Adicionalmente el director de Leggal Abogados comentó que esta misma semana quedará radicado en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), el documento en el cual se solicitará los aspectos técnicos a tener en cuenta para que las tarifas incrementen como ha sucedido en la ciudad de Ibagué.
De igual forma, desde Leggal Abogados se solicitará una auditoría para que se investigue la aplicación tarifaria, las medidas de bioseguridad adoptadas con el personal operativo de cada E.S.P. para efectuar las mediciones o tomas de lectura, los componentes tarifarios y fórmulas tarifaria aplicadas.
Aclara la firma de abogados dirigida por Lemus, quien es especialista derecho de los servicios públicos domiciliarios, que para esta vigencia 2020 las tarifas de energía van a incrementar en los términos de la Ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo), en el cual la tarifa tendrá un nuevo componente denominado SOBRETASA y una nueva CONTRIBUCIÓN EN EL COMPONENTE DE COMERCIALIZACIÓN, las cuales podrán cobrarse de manera retroactiva a la ciudadanía.
En cuanto al marco jurídico y técnico tarifario, el director de Leggal Abogados consultará a la CREG respecto a si la tarifa de Ibagué puede ser diferencial, o sea más económica, que la del resto del departamento, teniendo en cuenta que es el mismo operador y que es más costoso llevar la energía a municipios lejanos en el norte y sur del Tolima.
Una de las inquietudes que el doctor Anyelo Lemus va a plantear, según comentó: “Vamos a solicitar una explicación exacta del ¿Por qué el departamento del Tolima, no se encuentra dentro de las áreas de distribución y lo que representa tarifariamente?»
Los anteriores puntos, son los que se encuentra trabajando el equipo jurídico de la firma Leggal Abogados. e invita a quienes se vean vulnerados con cobros imprecisos a comunicarse para recibir todo el apoyo legal a través de: